Micelio
Auto3 de octubre de 2012

A- de 2012

Ponente Alexei Egor Julio Estrada

Demandante Carlos Mario Lopez Vs Juzgado Segundo De Ejecucion De Penas De Popayan

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior común
  • Reiteración auto 044/98
Acción De Tutela
  • Nulidad de todo lo actuado por el Tribunal Superior vulnera el principio de celeridad y sumariedad
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Popayán y las Salas de Casación Civil y Penal de la Corte Suprema de Justicia.

La Sala, luego de pronunciarse respecto a la competencia de la Corte Constitucional para dirimir los conflictos negativos de competencia en materia de tutela y las normas que determinan esa competencia, decide remitir el expediente contentivo de la acción de tutela de la referencia al Tribunal Superior de Popayán, para que sin más demoras adelante el trámite de la misma.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS, el auto proferido por la Sala de Decision Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan, el dia 12 de julio de 2012.
  2. Segundo. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente contentivo de la accion de tutela propuesta por Carlos Mario Lopez, contra el Juzgado
  3. Segundo. de Ejecucion de Penas y Medidas de Seguridad de Popayan, al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayan para que, sin mas demoras, adelante el tramite de la misma.
  4. Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR a las Salas de Casacion Penal y Civil de la Corte Suprema de Justicia, la decision adoptada en esta providencia con el fin de que tenga conocimiento sobre lo resuelto por la Corte Constitucional en relacion con el presunto conflicto de competencia.
  5. Comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.